Hola. En España AENA es el proveedor de servicios de navegación aérea. AENA tiene la división de información aéronautica o AIS. Es este servicio el que pública todos los datos necesarios para operar en aeropuertos. Estos datos se llaman AIP. Pues bien..estos datos están disponibles en la página web de Aena. Hay que resgistrarse eso si, pero tengo constancia de que no mandan propaganda ni nada al correo (al menos en mi caso no lo han hecho). Para acceder se va a la página web de aena (elemental querido Watson

) luego a la división de Navegación Aérea. Ahí hay una parte que pone AIS y una barra desplegable que pone "elija tema" elejimos AIP y ya estamos.
Tenemos toda la documentación necesaria de todos los aeropuertos de la red de Aena y todo el espacio aéreo español. Si queremos de aeródromos pues vamos a aérodromos, elejimos el que queramos y el documento que queramos ver. De cada aeródromo vienen las características, longitud de pistas, procedimientos normalizados de salida/aproximación, procedimientos instrumentales etc etc.
En cuanto a los de las distancias de pistas viene en el Reglamento de la Circulación Aérea y efectivamente como se comenta mas arriba está tomado del Anexo 14 de la OACI. El Reglamento no me acuerdo de donde lo bajé..pero es cuestión de buscar un poquito.
Finalmente en cuanto a las distancias en Barcelona Àlex lo de los 1525 lo puse para no liar mas la cabeza, pero ya dije que se podía reducir según de buenos fueran los sistemas. Concretamente hay 2 tramos de reducción a 1310 metros como mínimo y a 1035 metros que es con los mejores sistemas y esa si que ya no se puede reducir mas.
Como en Barcelona están a 1350 metros cumpliriamos si tenemos los requisitos del tramo de 1310 a 1525 metros que directamente copiado del RCA especifica simplemente que se tiene que contar con un "equipo SSR con especificaciones diferentes a las anteriores cuando se determina que la seguridad de las operaciones aeronáuticas no se verá afectada adversamente" (hay que aclarar que en el punto anterior se ponen todas las condiciones mínimas y que un SSR es un Surveillance Secondary Radar es decir, un Radar Secundario de Vigilancia).
Bueno..nada más...perdón por el tocho y que os venga bien la información

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